
De la prevención a la rendición de cuentas: una nueva etapa en la regulación uruguaya de la ciberseguridad
El Decreto presidencial del 17 de julio de 2026 incorpora el artículo 20 bis al Decreto Nº 66/025, marcando una evolución en la regulación de la ciberseguridad en la Administración Central. La nueva disposición amplía las obligaciones frente a incidentes de seguridad, exigiendo no solo su contención y mitigación, sino también la apertura inmediata de procedimientos administrativos para determinar responsabilidades individuales. Asimismo, establece la obligación de corregir las deficiencias institucionales que hayan contribuido al incidente e informar dichas acciones a AGESIC, reforzando un enfoque basado en la rendición de cuentas y la mejora continua.









