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La IA ya está en su organización. ¿Quién la gobierna?

La IA ya está en su organización. ¿Quién la gobierna?

Para la dirección, la pregunta ya no es si adoptar inteligencia artificial, sino cómo hacerlo con beneficios medibles, riesgos gestionados y cumplimiento de las normas vigentes. Repasamos los marcos de referencia y los pasos concretos para construir un gobierno de IA sólido.

Datasec, septiembre de 2026

Entusiasmo sí, pero con caso de negocio

La inteligencia artificial está transformando la forma en que trabajamos, tomamos decisiones y nos relacionamos, en las organizaciones y en la vida cotidiana. Sus oportunidades en productividad, eficiencia e innovación entusiasman a directores y gerentes, y con razón.

Sin embargo, en muchas organizaciones no encontramos evidencia de que los beneficios esperados se hayan evaluado y cuantificado formalmente. Un caso de negocio y, cuando corresponde, una prueba de concepto (POC) permiten fundamentar la decisión de adopción, definir qué se va a medir y saber, a los seis meses, si la inversión rindió lo que se esperaba.

Riesgos nuevos y riesgos amplificados

Junto con las oportunidades aparecen riesgos que, si se materializan, pueden generar impactos significativos. La IA es una tecnología disruptiva cuyos efectos exceden el ámbito empresarial: un mismo sistema puede afectar a la vez a miles o millones de personas, incidir en derechos fundamentales, amplificar sesgos a gran escala y generar consecuencias sociales, económicas y legales mucho mayores que las de los sistemas tradicionales.

Entre los riesgos más relevantes están:

  • sesgos y discriminación en las decisiones;
  • pérdida de confidencialidad y uso indebido de información protegida por ley;
  • errores o «alucinaciones» de los modelos;
  • dependencia de proveedores y falta de trazabilidad;
  • generación de contenido falso o manipulado;
  • ataques adversariales y nuevos escenarios de fraude;
  • violencia en línea y de género facilitada por la IA;
  • desplazamiento de puestos de trabajo;
  • consumo intensivo de agua y energía en los centros de datos;
  • uso de la IA con fines bélicos.

Algunos de estos riesgos son nuevos y otros ya existían, pero la capacidad de procesamiento masivo de la IA puede aumentar su probabilidad y amplificar su impacto. Los casos recientes lo muestran con claridad.

En agosto de 2025, Anthropic informó que un grupo delictivo había usado su herramienta Claude Code para robar datos y extorsionar a al menos 17 organizaciones.

En noviembre de 2025, la misma empresa describió la primera campaña de ciberespionaje reportada orquestada en gran parte por IA, con unos 30 objetivos.

También en noviembre de 2025, OpenAI comunicó un incidente en Mixpanel, un proveedor de analítica, que expuso datos de perfil de usuarios de su API. El riesgo también está en la cadena de suministro.

En febrero de 2025, investigadores de ReversingLabs detectaron en Hugging Face modelos maliciosos diseñados para evadir los controles de la plataforma.

El impacto ambiental tampoco es menor. Un estudio académico estimó que entrenar un modelo como GPT-3 pudo evaporar unos 700.000 litros de agua dulce solo para refrigerar los centros de datos.

Nada de esto anula el enorme potencial de la IA, que ya contribuye, por ejemplo, a detectar y tratar enfermedades.

Una vez más, el problema no es la tecnología en sí, sino el uso que hacemos de ella.

El marco regulatorio y normativo

Contar con herramientas, auditorías y buenas prácticas es necesario, pero no alcanza. La proliferación acelerada de implementaciones exige una función de gobierno que oriente la adopción, defina y evalúe los beneficios, gestione los riesgos y vele por el cumplimiento de las leyes de cada jurisdicción, incluida la protección de datos personales.

Los marcos de referencia de un vistazo: Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act), ISO/IEC 42001:2023, ISO/IEC 23894:2023, NIST AI RMF 1.0 y Ley 18.331 de Uruguay, con su carácter obligatorio o voluntario y si son certificables

Unión Europea: el Reglamento de Inteligencia Artificial

El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como AI Act, clasifica los sistemas según su nivel de riesgo, prohíbe ciertas prácticas y fija obligaciones específicas para los sistemas de alto riesgo y para los modelos de uso general. Su alcance es extraterritorial: se aplica también a proveedores y responsables del despliegue establecidos fuera de la UE cuando los resultados del sistema se usan en la Unión. Para una empresa uruguaya con clientes, usuarios o casas matrices europeas, no es un tema lejano.

Calendario de aplicación del Reglamento europeo de IA, desde su entrada en vigor el 1 de agosto de 2024 hasta la aplicación a sistemas de alto riesgo en productos regulados el 2 de agosto de 2027

Normas y marcos voluntarios

ISO/IEC 42001:2023 establece los requisitos para un sistema de gestión de IA: políticas, roles, evaluación de riesgos e impactos, controles y mejora continua. Comparte estructura con ISO/IEC 27001, lo que facilita integrarla a un sistema de gestión de seguridad de la información existente.

ISO/IEC 23894:2023 adapta los principios de ISO 31000 a la IA y es muy útil para diseñar la metodología de riesgos.

El NIST AI RMF 1.0, del Instituto Nacional de Estándares y Tecnología de EE. UU., es aplicable a cualquier sector. Lo complementan un Playbook con acciones sugeridas y un perfil específico para IA generativa (NIST AI 600-1). NIST publicó correspondencias con otros marcos, pero son mapeos parciales entre enfoques complementarios: aplicar el NIST AI RMF no garantiza por sí solo cumplir con el AI Act ni certificar ISO/IEC 42001.

Uruguay

Uruguay viene avanzando con paso firme. La Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024-2030 de AGESIC, apoyada en la Recomendación sobre la Ética de la IA de la UNESCO y en los principios de la OCDE, comparte el enfoque basado en riesgos que adoptó el Reglamento europeo. Esto permite que una organización uruguaya trabaje con criterios compatibles con los de la Unión Europea. A la estrategia se suman piezas normativas concretas:

  • la Ley 18.331 de Protección de Datos Personales, cuyo cumplimiento controla la URCDP y que ya reconoce el derecho a no quedar sujeto a decisiones basadas únicamente en tratamientos automatizados;
  • la Ley 20.212, artículos 74 y 75, que habilitan la promoción de proyectos innovadores, en especial en IA, y el Decreto 276/025 (diciembre de 2025), que los reglamenta y establece la gobernanza de los sandboxes regulatorios de IA y de los espacios de datos: entornos de prueba controlados, bajo supervisión pública, donde desarrolladores e instituciones pueden probar modelos antes de su implementación general;
  • en salud, el Ministerio de Salud Pública anunció que exigirá registrar los proyectos de IA que se utilicen en los servicios de salud;
  • la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2024-2030, que acompaña la adopción segura de estas tecnologías.

Todavía no hay una ley específica de IA, pero el camino está trazado. Una organización que hoy se prepara con estos marcos queda bien parada para operar en Uruguay y también con Europa.

Qué cambia en la evaluación de riesgos de IA

Los fundamentos de la gestión de riesgos siguen vigentes. Lo que cambia es la naturaleza, el alcance y la magnitud de los impactos, y el hecho de que los sistemas de IA son probabilísticos, dependen de los datos y modifican su comportamiento con el tiempo.

Evaluación de riesgos: qué se mantiene y qué cambia con la IA. Comparación entre evaluación tradicional y con sistemas de IA en alcance del impacto, comportamiento, fuentes de riesgo, criterios, frecuencia y equipo

El NIST AI RMF ordena el trabajo en cuatro funciones. Mapear establece el contexto e identifica los riesgos, medir los analiza y evalúa, y gestionar los prioriza y trata. Gobernar no es una etapa más: es la base que da políticas, roles y rendición de cuentas a todo el ciclo.

Las cuatro funciones del NIST AI RMF: Mapear, Medir y Gestionar como ciclo, sostenidas por la función transversal Gobernar

El marco también amplía los criterios de evaluación. Además de la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad, pide considerar siete características de una IA confiable: que sea válida y confiable; segura; protegida y resiliente; responsable y transparente; explicable e interpretable; con privacidad reforzada; y equitativa, con los sesgos perjudiciales gestionados.

En la práctica, la evaluación incorpora categorías de riesgo propias de la IA:

  • alucinaciones;
  • sesgos algorítmicos o en los datos;
  • deriva del modelo (model drift);
  • envenenamiento de datos (data poisoning);
  • ataques adversariales e inyección de instrucciones;
  • uso no autorizado de herramientas (shadow AI);
  • pérdida de trazabilidad de las decisiones.

Y profundiza riesgos ya conocidos: la discriminación, la violencia de género, la exclusión de personas con discapacidad, las infracciones a los derechos de autor y a la protección de datos personales, y otros impactos sobre los derechos humanos.

Supervisión humana y usos de alto impacto

Con el estado actual de la tecnología, la supervisión humana sigue siendo imprescindible. El Reglamento europeo la exige para los sistemas de alto riesgo (art. 14): las personas a cargo deben entender las capacidades y los límites del sistema, estar alertas al sesgo de automatización, interpretar correctamente sus resultados y poder no usarlos, anularlos o detener el sistema. NIST, por su parte, pide definir y documentar los roles en la interacción entre personas y sistemas de IA.

El modelo conocido como Human in the Loop, en el que una persona valida cada decisión, es una de las formas de lograrlo, pero no la única. El criterio de fondo es de proporcionalidad.

Supervisión humana proporcional al impacto: human over the loop, human on the loop y human in the loop, con ejemplos de uso según el nivel de impacto sobre derechos, seguridad o bienestar

En Datasec consideramos que uno de los usos más preocupantes es el militar, en particular los sistemas capaces de seleccionar y atacar objetivos con un alto grado de autonomía. Que una máquina participe en decisiones sobre el uso de la fuerza letal plantea desafíos éticos, jurídicos y humanitarios de primer orden. Por eso la regulación de los Sistemas de Armas Autónomas Letales (LAWS, por su sigla en inglés) se discute en la ONU: la Asamblea General aprobó resoluciones específicas en 2023 y 2024 con amplias mayorías, y el grupo de expertos de la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales tiene mandato hasta 2026 para avanzar en un instrumento internacional. Para quien quiera profundizar, el documental Unknown: Killer Robots (Netflix, 2023) es un buen punto de partida.

Qué implica un gobierno de IA en la práctica

La dirección tiene que impulsar un gobierno de IA sólido y supervisar su implementación. Proponemos organizarlo en cinco capas, sostenidas por las personas y por la cultura de la organización.

Las cinco capas del gobierno de IA: estrategia y mandato, estructura y roles, políticas y controles, ciclo de vida de la IA, y supervisión y mejora continua, sostenidas por personas y capacidades y por cultura y comunicación

Un buen punto de partida es un inventario de los usos de IA que ya existen en la organización, incluidos los que nadie autorizó formalmente. Sobre esa base se priorizan los casos de mayor impacto, se asignan responsables y se definen los controles. El objetivo no es frenar la innovación ni la productividad, sino impulsarlas con seguridad, responsabilidad y transparencia, en línea con los objetivos de la organización, el marco legal y los principios éticos.

Cinco preguntas que la dirección debería poder responder hoy
  • ¿Qué herramientas de IA se usan hoy en la organización, incluidas las que nadie aprobó?
  • ¿Quién es responsable de cada una?
  • ¿Qué datos personales o confidenciales reciben?
  • ¿Qué criterio usamos para aprobar un nuevo uso?
  • ¿Cómo nos enteraríamos si un modelo empieza a fallar?

La ética es una responsabilidad de las personas

Más allá del cumplimiento legal, la ética tiene que orientar el desarrollo y el uso de la IA. La tecnología no tiene ética; las personas y las organizaciones que la diseñan, la compran y la usan, sí. A medida que más servicios esenciales dependen de sistemas de IA, esa responsabilidad se vuelve más exigente.

Cómo podemos ayudarlo desde Datasec

Desde 1987 acompañamos a organizaciones en el diseño, la implementación y el fortalecimiento de su seguridad de la información, ciberseguridad y gobierno de TI. Hoy llevamos esa experiencia a la inteligencia artificial con servicios alineados a los mismos marcos que repasamos en este artículo: el Reglamento europeo, ISO/IEC 42001, ISO/IEC 23894, el NIST AI RMF y la normativa uruguaya.

  • Diagnóstico de madurez y análisis de brecha frente a ISO/IEC 42001.
  • Inventario de usos de IA, incluidos los que nadie aprobó formalmente.
  • Evaluación de riesgos e impactos con base en NIST AI RMF e ISO/IEC 23894.
  • Diseño del modelo de gobierno, políticas y controles.
  • Análisis de impacto del AI Act para organizaciones que venden u operan en la Unión Europea.

Trabajar con criterios compatibles con Europa no es solo una cuestión de cumplimiento. Para las organizaciones uruguayas que exportan servicios o atienden clientes europeos, es una ventaja competitiva.

La IA no decide qué tipo de organización queremos ser. Esa sigue siendo una decisión de la dirección. Si quiere dar el primer paso, escríbanos y conversemos.

Fuentes
  • Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial, Diario Oficial de la UE.
  • NIST AI Risk Management Framework (AI 100-1) y perfil de IA generativa (AI 600-1).
  • Búsqueda, El MSP exigirá registrar los proyectos de IA que se utilicen en servicios de salud.
  • ISO/IEC 42001:2023 e ISO/IEC 23894:2023.
  • AGESIC, Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024-2030 y Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2024-2030. Ley 18.331, Ley 20.212 y Decreto 276/025 (IMPO).
  • Anthropic, informes de inteligencia de amenazas (agosto y noviembre de 2025). OpenAI, comunicado sobre el incidente de Mixpanel (noviembre de 2025). ReversingLabs, hallazgo de modelos maliciosos en Hugging Face (febrero de 2025).
  • Li, Yang, Islam y Ren, Making AI Less «Thirsty» (2023).
  • Asamblea General de la ONU, resoluciones 78/241 (2023) y 79/62 (2024) sobre sistemas de armas autónomas letales.